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La jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Altagracia Ramírez, le despejó el camino a la presidencia a Gonzalo Castillo, quien pese a la apelación del Ministerio Público, retoma con fuerza su proyecto rumbo al 2028.
El auto de no ha lugar dictado a favor del exministro de Obras Públicas lo habilita políticamente para buscar la candidatura presidencial, amparado en la Constitución y la Ley Electoral 20-23.
Aunque el Ministerio Público acuda a la Corte de Apelación, el dirigente peledeísta mantiene su estatus legal intacto para participar en la contienda electoral, blindado por los plazos y garantías procesales.
Esto ocurre porque, según el artículo 24 de la Constitución, solo una condena definitiva con autoridad de cosa irrevocablemente juzgada podría inhabilitarlo, escenario que resulta complejo y extenso en el sistema judicial dominicano actual.
Para que una sentencia sea irrevocable, el proceso debe agotar varias instancias: primero la Corte de Apelación, que podría ratificar el descargo, modificarlo o enviar el caso a un juicio de fondo.
Segundo: recurrir en casación ante la Suprema Corte de Justicia, máxima instancia encargada de verificar la correcta aplicación de la ley en el proceso.
La alta corte tiene la potestad de declarar inadmisible el recurso, confirmar la absolución o anular la sentencia para que el caso sea visto nuevamente, alargando los tiempos procesales.
Todo este camino judicial se rige bajo la Ley 2-23 sobre Recurso de Casación y el Código Procesal Penal, marcos que definen el destino político del exfuncionario en su carrera hacia las próximas elecciones.






















