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La liberación de Mario José Redondo Llenas de la cárcel de Najayo, tras cumplir los 30 años de condena por el impactante asesinato de su primo José Rafael Llenas Aybar, ha generado un intenso debate en la República Dominicana. Este desenlace se ajusta a lo que dispone el Código Penal dominicano.
La legislación establece que, una vez cumplida la sentencia impuesta por los tribunales, el condenado debe recuperar su libertad obligatoriamente, sin que puedan imponerse medidas adicionales por parte del Estado.
El Artículo 26 del Código Penal señala que las penas privativas de libertad tienen un límite temporal definido por la sentencia. Cumplido ese plazo, el Estado no puede mantener al individuo recluido, pues hacerlo constituiría una violación de derechos fundamentales.
En este caso, Redondo Llenas cumplió la pena máxima de 30 años, prevista en la normativa vigente para delitos graves como el homicidio que consternó a toda la sociedad dominicana.
Límites de penas en RD
Redondo Llenas fue condenado en 1996 junto a Juan Manuel Moliné Rodríguez, quien recibió 20 años de prisión. La histórica sentencia incluyó además una indemnización de cinco millones de pesos a favor de los padres de la víctima. La Suprema Corte de Justicia ratificó esas condenas en 2006, cerrando uno de los procesos judiciales más emblemáticos del país.
Cronología del caso Llenas Aybar
El director de Servicios Penitenciarios y Correccionales, Roberto Santana, explicó que la salida de Redondo Llenas se enmarca en los protocolos de reinserción social, que incluyen diagnósticos individuales, programas educativos, laborales y de salud mental. El sistema busca que cada interno tenga una ruta personalizada de rehabilitación, con contacto progresivo con la comunidad antes de recuperar su libertad, señaló el funcionario.
El asesinato de José Rafael Llenas Aybar en 1996 paralizó a la nación y se convirtió en el caso judicial más recordado de la historia reciente. Treinta años después, la puesta en libertad de Redondo Llenas reabre el debate público sobre la eficacia del sistema penitenciario dominicano y la posibilidad real de reinserción de quienes cumplen condenas por crímenes de alto impacto.























