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La Junta Central Electoral JCE tomó medidas drásticas y prohibió la publicación y difusión de encuestas electorales fuera de los períodos legales de precampaña y campaña en la República Dominicana. Este nuevo reglamento busca poner orden a las firmas encuestadoras que durante años han generado controversia en el proceso democrático.
La normativa impone sanciones severas para las empresas que incumplan, que van desde la suspensión temporal del registro hasta su cancelación definitiva en caso de reincidencia, afectando directamente la credibilidad de estas firmas.
El reglamento indica que las encuestadoras que publiquen estudios sin autorización oficial antes de los plazos permitidos enfrentarán consecuencias graves:
- Suspensión del registro entre seis meses y un año.
- Cancelación definitiva de su habilitación para operar.
- Otras multas y sanciones administrativas contempladas en la ley.
Asimismo, la JCE envió un mensaje contundente a las organizaciones políticas y dirigentes: quienes contraten estudios internos y decidan filtrarlos o publicarlos fuera de tiempo serán objeto de medidas cautelares y sanciones administrativas ejemplares.
Esta disposición aplica a todas las firmas de opinión pública que realicen estudios sobre simpatías, posicionamiento de precandidatos, candidaturas y organizaciones políticas de cara a las próximas elecciones dominicanas.
¿Qué deberán hacer las encuestadoras para operar en el país?
El organismo electoral explicó que es obligatorio estar registrado y debidamente habilitado ante la JCE para poder operar legalmente en el territorio nacional.
Entre los requisitos exigidos para transparencia figuran:
- Estatutos sociales vigentes.
- Registro de filiales internacionales, si aplica.
- Currículos detallados del personal técnico responsable.
- Nómina completa de accionistas y directivos.
- Composición del consejo de administración.
La JCE habilitará un portal oficial con la lista de las firmas autorizadas, evitando así que empresas de maletín engañen al electorado con datos manipulados.
Sobre los famosos estudios a boca de urna o Exit Poll, el reglamento establece que solo podrán realizarse bajo notificación previa, al menos ocho días antes de los comicios, detallando fecha, lugares y el propósito técnico del estudio.
Las empresas que violen los plazos legales serán penalizadas con multas administrativas que oscilan entre uno y 200 salarios mínimos, conforme a lo establecido en la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral.
Finalmente, las firmas que ya operan en el mercado dominicano tienen un plazo fatal de 30 días laborables para actualizar sus expedientes o perderán automáticamente su licencia para publicar encuestas electorales.























