El expresidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, rompe el silencio y confirma que la Constitución dominicana permite la repostulación de Raquel Peña como vicepresidenta.
El reconocido jurista envió un análisis exclusivo a nuestro diario tras el artículo de opinión de nuestro director, Aníbal de Castro, sobre el futuro político de la actual vicemandataria en la boleta del PRM.
A continuación, el análisis constitucional de Ray Guevara sobre este tema que genera debate en la esfera política nacional.
Distinguido y admirado señor director:
En su influyente columna ADC, del Diario Libre, del pasado viernes 17 de abril, aborda el tema clave de la reelección vicepresidencial. Me suscribo plenamente a su criterio de que no existe impedimento legal en nuestra Carta Magna para que la apreciada Raquel Peña repita en la vicepresidencia de la República. Es más, ninguna disposición le prohíbe aspirar a la candidatura presidencial. Por mandato del artículo 22, elegir y ser elegible es un derecho fundamental de todo ciudadano.
La Vicepresidencia fue creada en 1854 para sustituir al presidente. En nuestra práctica institucional moderna, el jefe de Estado suele delegar responsabilidades administrativas, ministerios y gabinetes en la figura de su vice, dándole un rol protagonista en la gestión gubernamental.
En la Constitución vigente, al igual que en reformas anteriores (1994, 2002, 2010 y 2015), la prohibición de la reelección consecutiva está diseñada exclusivamente para el presidente; dicha restricción no se extiende al vicepresidente. La posibilidad de reelección es una opción de diseño constitucional, no un derecho exigible. Los límites se centran en el Poder Ejecutivo, a diferencia de lo que ocurre en el Legislativo.
La única vez que se intentó restringir esto fue en la Constitución de 1963, cuyo artículo 23 prohibía al presidente ser vicepresidente y viceversa. Sin embargo, esto no se ha replicado en la doctrina actual.
La tendencia de la doctrina constitucional moderna es limitar al jefe de Estado para evitar lo que el Grupo de Venecia denomina un monarca republicano. El mayor legado del presidente Abinader es haber blindado el artículo 268 constitucional como cláusula pétrea, garantizando que el presidente no pueda optar por más de dos periodos consecutivos ni postularse a la Vicepresidencia, despejando así el camino para la institucionalidad democrática.
Con sentimientos de amistad, admiración y simpatía,
Dr. Milton Ray Guevara.























