El nuevo Código Penal de la República Dominicana trae medidas contundentes que ponen en jaque a quienes intenten intimidar, amenazar o faltar el respeto a jueces, fiscales y auxiliares de la justicia. La Ley 74-25 llega para blindar la integridad del sistema judicial dominicano con sanciones ejemplares.
Esta advertencia está plasmada en el artículo 331 del nuevo Código Penal, el cual entra en vigor este 6 de agosto, marcando un antes y un después en la seguridad jurídica del país.
“Quien intimide o amenace a un juez, a un miembro del Ministerio Público, a un alguacil o a cualquier persona que ostente una función jurisdiccional, árbitros o peritos, con el fin de manipular decisiones, será castigado con 2 a 3 años de prisión menor y multas de 9 a 15 salarios mínimos del sector público”, sentencia el artículo.
Sobre el impacto de esta ley, el jurista Amadeo Peralta explicó que los tribunales aplicarán el cúmulo de penas, lo que elevaría drásticamente los años de cárcel si se suman otros delitos simultáneos.
Además, los sentenciados deberán cubrir indemnizaciones civiles por los daños causados a la autoridad y cargar con todos los gastos legales del proceso judicial.
El abogado advirtió que quienes no cuenten con la solvencia económica para pagar la multa a favor del Estado podrían enfrentar hasta 6 meses adicionales de prisión de manera subsidiaria.
Mano dura contra la corrupción judicial
La pieza legislativa también establece un mecanismo de purga interna en el artículo 332, garantizando que el sistema sea intachable.
Cualquier juez, fiscal, secretario o auxiliar de la justicia que acepte dádivas o ventajas para favorecer a terceros será condenado a penas de 5 a 10 años de prisión mayor y multas proporcionales a sus ingresos.
El párrafo único es claro: la misma pena será aplicada a quienes ofrezcan sobornos o intenten corromper a los funcionarios para alterar el curso de la justicia en el país.























