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El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó el levantamiento inmediato de la oposición que bloqueaba las cuentas bancarias del Partido Humanista Dominicano (PHD). En consecuencia, el tribunal instruyó al Banco BHD y al Banco de Reservas dejar sin efecto el bloqueo impuesto mediante el acto de alguacil 145/2026, tras determinar que se trataba de una turbación manifiestamente ilícita contra la organización política.
Dicha oposición fue interpuesta por los ciudadanos Eléxido Paula Liranzo, Rafael García Filpo, Cristian Carrasco Ortiz, Mayra Méndez Silverio, Julián Burgos Bonilla y Cristian Alexander Tejada Joaquín, quienes intentaban afectar el desenvolvimiento financiero del partido.
Mediante el Dispositivo de Ordenanza TSE/0006/2026, correspondiente al Expediente TSE-01-0015-2026, el tribunal admitió la demanda en referimiento presentada por el PHD el pasado 29 de mayo de 2026, declarando que la acción legal cumple con todas las disposiciones constitucionales y reglamentarias vigentes en la República Dominicana.
Los magistrados rechazaron el intento de inadmisión presentado por la parte demandada, quienes cuestionaban la autoridad de Ramón Emilio Goris Taveras. El tribunal validó su calidad jurídica al constatar que el PHD aún no ha celebrado su convención interna para la elección de nuevas autoridades, manteniendo así la vigencia de su actual directiva.
La alta corte dispuso que esta ordenanza sea notificada a todas las partes involucradas y publicada tanto en el portal institucional del TSE como en el Boletín Contencioso Electoral para los fines legales correspondientes.























