La Cámara de Diputados aprobó este martes en primera discusión un proyecto de ley que modifica la actual legislación sobre los estados de excepción y que crea un nuevo régimen de consecuencias que permitiría imponer multas millonarias, realizar retenciones y arrestos preventivos, así como ordenar cierres definitivos de negocios a quienes incumplan las restricciones impuestas por el Poder Ejecutivo durante crisis nacionales.
La pieza, autoría del diputado Eugenio Cedeño, busca actualizar la Ley 21-18 sobre Regulación de los Estados de Excepción, sustituyendo el vacío legal actual por un sistema estricto de infracciones leves, graves y muy graves que busca imponer el orden en situaciones de emergencia.
Mientras la ley vigente apenas menciona de forma vaga que el incumplimiento será sancionado según las leyes comunes, el nuevo proyecto incorpora más de 20 artículos que otorgan facultades operativas de hierro a la Policía Nacional y al Ministerio Público para sancionar directamente a los ciudadanos.
Entre las nuevas infracciones leves figuran violar el toque de queda o restricciones de movilidad, incumplir protocolos de salud, resistirse a las autoridades y hasta el desplante o «agresión verbal» a los agentes que patrullan las calles.
El proyecto también eleva a graves y muy graves conductas como huir de los puntos de control policial, agredir físicamente a las fuerzas del orden o la reincidencia constante en las faltas.
Arrestos y traslados forzosos
Uno de los puntos que genera más atención es el procedimiento de fuerza que podrán aplicar los agentes policiales ante cualquier estado de emergencia.
La normativa establece que la Policía Nacional podrá levantar actas de infracción de forma digital y autoriza al Ministerio Público a ordenar la detención inmediata de personas en horario restringido.
Ante la reincidencia, el ciudadano podrá ser conducido a destacamentos policiales y permanecer retenido hasta que finalice la restricción horaria, una medida que busca poner fin a la desobediencia civil.
Golpe al bolsillo: Multas y cierres comerciales
La propuesta de modificación legal incluye un régimen sancionador drástico para empresas y locales que operen fuera de la ley durante crisis.
Los establecimientos que violen el horario o las prohibiciones enfrentarán multas calculadas según su tamaño y capacidad económica.
Las microempresas enfrentarían sanciones de hasta dos salarios mínimos, mientras que las grandes empresas podrían pagar hasta veinte salarios mínimos. En casos de reincidencia, las multas se duplicarán y las autoridades tendrán el poder de ejecutar el cierre temporal del negocio por el resto del periodo de excepción.
El vacío legal que se busca llenar
La ley del 2018 reconoce la suspensión de derechos como el libre tránsito o reunión, pero carecía de mecanismos específicos para sancionar a los infractores, lo que limitaba la operatividad del Estado durante crisis pasadas.
Este proyecto surge, según los legisladores, por la lección aprendida tras la pandemia del COVID-19, donde las autoridades carecían de herramientas legales claras para hacer cumplir los decretos de emergencia.
Próximos pasos legislativos
Por solicitud de la Comisión de Defensa, el proyecto regresará a estudio técnico antes de ser sometido a una segunda lectura y su posterior envío al Senado para su ratificación.
El presidente de la comisión, Ramón Bueno, enfatizó que esta ley es necesaria para dotar al Estado de «garras legales» y evitar el caos que se vivió anteriormente cuando no existían consecuencias directas para quienes desafiaban las medidas de emergencia nacional.























