¡Atención, diciembre llega y con él la noticia más esperada por miles de empleados! ¡El Doble Sueldo o la ansiada Regalía Pascual! Con este ingreso extra, miles de dominicanos ya planifican sus compras navideñas, los mejores regalos, solventar gastos familiares y pagar deudas pendientes. ¡Una inyección de alegría para cada hogar!
El Doble Sueldo, esa suma tan esperada, se calcula con todos tus salarios del 2025 divididos entre 12 meses.
¡Y ojo! Si no trabajaste el año completo, igualmente te corresponde el salario de Navidad, pero en proporción al tiempo trabajado. ¡Es tu derecho!
¿Fecha confirmada? ¿Cuándo llega el Doble Sueldo al Sector Público en RD?
¡Noticia de última hora! La entrega del Doble Sueldo para el sector público está pautada para la primera semana de diciembre, según confirmó el mismísimo presidente Luis Abinader el lunes 24 de noviembre. ¡Todos los servidores públicos registrados recibirán su tan esperada Regalía Pascual por las vías acostumbradas!
Este año, el Gobierno dominicano hará un desembolso histórico de 34,448 millones de pesos para asegurar que cada servidor público reciba su Regalía Pascual puntualmente. ¡Una inversión millonaria!
¿Precedentes? Así se ha entregado el 13 en años anteriores en República Dominicana
Históricamente, la regalía pascual se ha entregado siempre durante la primera semana de diciembre. ¡Una tradición!
Por ejemplo, en el 2024, el presidente Abinader anunció que el sueldo 13 sumó 30,777 millones de pesos, buscando potenciar la economía dominicana durante la temporada más festiva.
Año tras año, este importante pago asegura que los empleados públicos tengan su salario de Navidad disponible de forma puntual. ¡Un alivio para todos!
¿Es un derecho? Lo que dice el Código de Trabajo sobre tu Doble Sueldo
¡Atención! El artículo 219 del Código de Trabajo de RD es claro: el empleador debe pagar en diciembre el salario de Navidad. Este es equivalente a la duodécima parte del salario ordinario ganado durante el año, sin afectar acuerdos de convenios colectivos o si la empresa decide dar un monto superior.
¡Y lo mejor de todo! Este monto está libre del pago de impuestos. ¡Es tuyo completo!
Además, el artículo 220 detalla que el pago debe entregarse a más tardar el 20 de diciembre, incluso si tu contrato terminó antes. Y sí, los que no trabajaron el año completo recibirán el pago proporcional al tiempo laborado. ¡Nadie se queda fuera!























