¡BOMBA! Tras la histórica aprobación final del revolucionario Código Procesal Penal, el Senado dominicano detonó una serie de cambios cruciales al borrador que ya se había votado en una primera discusión y estableció golpes a la prisión preventiva, el uso de la analogía legal por los jueces y las alertas de peligro de fuga.
El primer cambio impactante fue al artículo 25 del proyecto, que había generado una tormenta de críticas entre expertos constitucionalistas y activistas tras su primera votación. En la aprobación definitiva, el Senado borró la polémica sección que abría la puerta a la analogía o interpretación extensiva para beneficiar «a las otras partes en el lío legal».
¡Ojo! El actual Código Procesal Penal solo permite que la analogía de los jueces sea a favor del acusado.
¡Alerta! Otro giro radical fue la supresión del numeral siete del artículo 233 de la iniciativa, el cual obligaba al juez a considerar «condenas anteriores graves» para justificar el peligro de fuga.
Además, la última versión aprobada del Código Procesal Penal hizo desaparecer el segundo párrafo del artículo 246 del proyecto, que permitía a los jueces alargar la prisión preventiva «con una decisión justificada».
¡Bomba! La duración de la prisión preventiva ahora queda blindada a seis meses y sin excusas para extenderla. Por ejemplo, si un acusado lleva tres meses en prisión preventiva y apela, su encierro no podrá superar los seis meses adicionales.
Recursos de casación: ¡Le quitan poder a la Suprema!
Otras reformas clave al proyecto recortan drásticamente las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia que se le habían otorgado en la primera votación. Por ejemplo, la Suprema ya no dictará guías de sentencias ni controlará cómo se manejarán los procesos legales.
El cambio más grande llegó casi al cierre del documento. El Senado optó por desaparecer cuatro artículos completos de la propuesta inicial que trataban los intereses de casación.
El recurso de casación, para que se entienda, es una apelación de alto nivel que se interpone ante la Suprema Corte de Justicia si no estás de acuerdo con un fallo de tribunales superiores, como las Cortes de Apelación.
Según lo votado por los senadores en la primera ronda, la Suprema Corte de Justicia tendría un «súper poder» o «interés casacional» para rechazar recursos que considerara irrelevantes.
¡Giro total! En la aprobación definitiva, el Senado fulminó esa controversial novedad y sus controles, los cuales estaban detallados en cuatro artículos de la iniciativa.
¡Tic Tac! Proyecto vuela a los Diputados
Tras la aprobación final en el Senado, el proyecto ahora vuela a la Cámara de Diputados, que tiene hasta el 11 de diciembre para darle el sí, ¡oírte bien!, pues una sentencia del Tribunal Constitucional de 2024 les dio un plazo máximo de un año a los legisladores para aprobar esta ley.
La sentencia del alto tribunal declaró nulas las reglas del Código Procesal Penal de 2015 porque el Congreso lo aprobó con un procedimiento legislativo defectuoso.






















