El Grupo de Medios Telemicro solicitó al presidente Luis Abinader intervenir ante Guido Gómez Mazara, presidente del INDOTEL, y su Consejo Directivo, para que garanticen el respeto a la Ley y protejan el derecho legítimo de uso y explotación del canal 3 de televisión.
Mediante un comunicado, Telemicro denunció que, pese a sentencias de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo y de la Suprema Corte que ratifican su propiedad sobre el canal 3 desde 1994, el órgano regulador ha actuado con ambigüedad frente a las pretensiones de terceros.
Telemicro sostiene que, ante la insistencia de Franasyl SRL por apropiarse del canal, el INDOTEL emitió la resolución 027 del 13 de marzo del 2025, la cual, lejos de resolver el conflicto, lo subordinó a procesos judiciales que ya habían sido fallados a favor de la empresa televisora.
El grupo mediático señala que, a pesar de las medidas administrativas del INDOTEL que prohíben el uso del canal mientras exista un litigio, los propietarios de Franasyl y ACD Media han ignorado las disposiciones vigentes.
El documento resalta que el propio INDOTEL advirtió el 19 de mayo del 2025 que ninguna empresa debe promocionar el uso del canal 3 virtual, buscando preservar la imparcialidad y la seguridad jurídica de las telecomunicaciones en el país.
El Grupo Telemicro emplazó a Gómez Mazara a ejercer su autoridad frente a lo que califican como una «desobediencia desafiante y temeraria» de ACD Media y Franasyl, exigiendo que se cumpla la ley sin privilegios.
Citando el discurso de Rendición de Cuentas del presidente Abinader, donde afirmó que «nadie está por encima de la Ley», Telemicro instó al mandatario a tomar cartas en el asunto ante la inercia del INDOTEL, la cual, según afirman, beneficia ilegalmente a quienes ocupan el canal.
CONTEXTO JUDICIAL
Telemicro recordó que el Tribunal Superior Administrativo, mediante sentencia del 25 de noviembre del 2025, amonestó severamente al Consejo Directivo del INDOTEL, calificando su proceder como imprudente, de mala administración y atentatorio a la seguridad jurídica.
La sentencia cuestionó el interés del órgano regulador en servir con marcado oportunismo a los intereses de Franasyl y ACD Media en un caso que ya contaba con decisiones judiciales previas.
INQUIETUD INSTITUCIONAL
El grupo se pregunta si la negligencia del INDOTEL refleja una resistencia injustificada que podría derivar en parcialidad, complicidad o un contubernio destinado a vulnerar su derecho de propiedad sobre el canal 3.
Telemicro subraya que resulta inexplicable que, tras la propia Directora Ejecutiva del INDOTEL rechazar en 2024 una petición de Franasyl sobre este canal por carecer de titularidad, la institución haya dado un giro cuestionable en su postura.
«Es insólito que, a pesar de conocer los derechos adquiridos de Telemicro, se insista en favorecer a una empresa a la que ya se le habían asignado los canales 32 y 61», concluyó el comunicado.
Telemicro cierra su denuncia enfatizando que, desde la creación de la Ley 153-98, diez gestiones de INDOTEL y diversos gobiernos han respetado sus derechos, marcando un precedente de seguridad jurídica que hoy parece estar en riesgo.























