La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) activó el pasado 16 de febrero de 2026 un nuevo esquema de facilidades de pago para que los contribuyentes salden sus deudas tributarias pendientes mediante la circular número 03.
Según el documento oficial, a través de esta medida los ciudadanos podrán beneficiarse de un importante descuento aplicado sobre los recargos, pagando únicamente el monto base del impuesto más los intereses correspondientes.
Esta gracia otorga beneficios según el período fiscal de las deudas: para obligaciones anteriores al año 2020, el descuento será del 70% en recargos si se realiza un pago único, y del 50% si se acuerda un plan de hasta seis cuotas mensuales con un pago inicial del 30%.
Para las deudas acumuladas entre 2021 y 2023, existe una reducción del 50% por pago único y un 40% de descuento si se formaliza un acuerdo de pago de seis cuotas con el mismo inicial del 30%.
La institución aclaró que este alivio fiscal aplica a toda deuda sin importar el tipo de impuesto o el proceso que la originó. También beneficia a quienes deseen ponerse al día de forma voluntaria, ya sea que estén omisos o necesiten realizar rectificativas.
Cómo aprovechar estos beneficios
Para acceder a estas facilidades, es requisito fundamental no tener procesos abiertos por fraude ante la Administración Tributaria. Además, quien opte por cuotas deberá mantener al día sus demás obligaciones fiscales durante el tiempo del convenio.
Si el contribuyente ha incumplido acuerdos de pago en el último año, solo podrá optar por la modalidad de pago único para limpiar su estatus.
Regulaciones y aprobaciones
Estos beneficios son gestionados por el administrador local de cada oficina o por el gerente de cobranzas en casos de periodos coactivos.
Cuando los recargos superen los cinco millones de pesos dominicanos, se requiere la autorización del Director General o de los subdirectores de Gestión de Cumplimiento o de Facilitación y Servicios, según corresponda la etapa del cobro.
En el caso de los Grandes Contribuyentes, el gerente debe autorizar la solicitud, y si los recargos exceden los diez millones de pesos dominicanos, el caso pasará a manos de la alta dirección de la DGII.
Advertencias importantes
El descuido o falta de pago de una sola cuota anulará de inmediato el beneficio, reactivando los procesos de cobro compulsivo del Código Tributario y perdiendo las ventajas que ofrece la circular.
Los montos ya pagados se acreditarán a la deuda total siguiendo el orden de prioridad legal establecido.
Estas facilidades entraron en vigencia el pasado 13 de febrero del 2026.























