Esta mega estafa piramidal movilizó ¡más de RD$4,239 millones y US$11.6 millones!, afectando a 332 dominicanos víctimas
Acogiendo la solicitud de los fiscales del Ministerio Público de RD, un tribunal del Distrito Nacional envió a juicio a los cabecillas de la red de estafa desmantelada con la Operación Gaviota, la cual operó un esquema piramidal que defraudó más de RD$4,239 millones y US$11.6 millones, afectando a 332 víctimas dominicanas.
El Ministerio Público estableció que, entre 2020 y 2024, esta organización criminal operó el fraude piramidal Investor Winner, captando y robando millones de pesos y dólares bajo la falsa promesa de rendimientos mensuales del 10% al 30% con supuestas inversiones bursátiles.
Asimismo, fueron enviados a juicio O´neill Alberto Nivar Romero, William Félix Esquea D´Oleo, Roberto Evangelista Concepción, Rafael Martínez Colón, Lucía Martínez Colón, Rosangela Amador Núñez, Greer Antoni Carpio Paché, Anderson García Veloz, Emmanuel Nazaire, Isandry Alberto Rosario Victoriano y Daniel Cadet Gabriel, junto a Manuel Arturo de la Cruz Pache y Claribel Martínez Vicente, todos implicados en el fraude Investor Winner.
Para ejecutar esta gran estafa, los imputados utilizaron un entramado de empresas como IXI Intermecom S.R.L., Guro Investments S.R.L., Yirewall S.R.L., Cooperativa de Ahorros Créditos y Servicios Múltiples de Emprendedores Educativos (Coopes), Investor Winner IW S.R.L., Antoni Carpio Pisos y Construcciones S.R.L., Vagary Consulting S.R.L., Inversiones Cataleya S.R.L. y Gratia Plena S.R.L.
También figuran entre las empresas utilizadas en el fraude: Ghanima Corporation S.R.L., Taufit Investments S.R.L., Jalizca Family Inmobiliaria S.R.L., Fundación Doña Francisca Martínez, Grupo Fasurielva, S.R.L., Inmobiliaria Luz del Ángel S.R.L. y The Winner Academy & Trading Center.
La exitosa investigación fue liderada por los fiscales Jonathan Pérez Fulcar, Yudelka Holguín, Enmanuel Ramírez, Miguel Crucey Rodríguez y ALexis Piña, del Ministerio Público de la República Dominicana. El juez Deiby Peguero Jiménez, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ordenó el juicio y fijó la lectura de la decisión para el 14 de noviembre de 2025.
Los fiscales presentaron en el proceso más de 650 pruebas contundentes, incluyendo 376 pruebas testimoniales, 19 peritajes financieros y de informática forense, 254 documentales y 29 materiales contra los acusados del fraude.
En este período, los acusados lograron engañar y robar fondos a víctimas en distintas provincias del país; muchas de ellas perdieron sus ahorros de toda la vida, incluso hipotecando sus propiedades.
Su método consistía en seducir a «inversores» con falsas promesas de ganancias, creando empresas de fachada para captar dinero del público sin ninguna autorización legal de la Superintendencia de Bancos ni la Superintendencia del Mercado de Valores.
El Ministerio Público confirmó que no existían inversiones legítimas; se trataba de un clásico esquema Ponzi, donde los pagos a los primeros «inversionistas» provenían del dinero de nuevos engañados.
Las investigaciones revelaron que los líderes de la estafa, Rafael Martínez Batista y su cónyuge Eridania García Veloz de Martínez, junto a los demás acusados, atraían a las víctimas utilizando la empresa Investor Winner IW S.R.L. y una red de sociedades y cooperativas falsas.
El Ministerio Público detalló que esta banda de estafadores utilizó redes sociales como Instagram, Facebook, WhatsApp y Telegram para promocionar falsas oportunidades de inversión, además de falsificar estados financieros y constituir empresas fantasmas, logrando atraer a cientos de incautos.
Para borrar huellas y evadir la justicia, los imputados cedieron las acciones de las empresas tras el colapso del esquema Ponzi y huyeron de sus domicilios habituales, moviéndose de Higüey a Dajabón o Azua; algunos, incluso, escaparon del país.
La calificación jurídica acogida por el tribunal fue por graves delitos, incluyendo violación al artículo 15 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (fraude cibernético); los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano (asociación de malhechores para estafa); artículo 3, literales (a) (b); 35, literal (a); el artículo 68, literal (a), numerales (1) y (5), y el artículo 70, literal (a), numeral (1) de la Ley Monetaria y Financiera Núm. 183-02 (intermediación financiera ilegal).
También se incluyó la violación a los artículos 336 numerales (1) (5) (6), 340 y 352 de la Ley 249-17 del Mercado de Valores de la República Dominicana (captación ilegal de fondos); el artículo 69 de la Ley 127-64 sobre el Cooperativismo en la República Dominicana, y los artículos 2, numerales (11) y (15); 3, numerales (1), (2), (3), (5), 7 y 9, numerales (1) y (2), de la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.























