Cuando el Gobierno dominicano transformó el sistema para administrar bienes incautados, la meta principal era eliminar el caos y la falta de transparencia. La creación en 2023 del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incabide) fue la movida legal para garantizar cuentas claras y un inventario real de lo recuperado.
Una radiografía a la base de datos de vehículos bajo el control de Incabide, disponible en el portal de Datos Abiertos, revela un crecimiento explosivo: el registro oficial de activos pasó de apenas 15 unidades en julio de 2023 a 788 vehículos únicos reportados a diciembre de 2025.
Esto significa que, en un periodo de dos años, la flota de vehículos fiscalizados por la institución se multiplicó por más de 50. Sin embargo, el reporte oficial también deja al descubierto el enorme reto del Estado para la custodia y el mantenimiento de este patrimonio incautado.
Al desglosar las cifras, el dato más impactante del inventario es su tipo de unidades. Hasta finales de 2025, más de la mitad de los activos eran motores, pasolas y motocarros, términos usados para clasificar estas piezas. En contraste, los carros y yipetas ocupan un segundo lugar con una diferencia bastante marcada.
Este predominio de vehículos de dos ruedas confirma que el parque bajo control estatal no está compuesto mayormente por vehículos de lujo, sino por unidades ligeras y comunes, muchas veces difíciles de rastrear debido a que gran parte de la información técnica aparece como inexistente o con datos ilegibles.
Un ejemplo crítico es que, según el corte de diciembre, el 64.3 por ciento (%) de los registros no cuenta con una placa reportada. Además, el 93.9 % de los expedientes no especifica el año del vehículo y casi un tercio ni siquiera identifica el modelo exacto de la unidad.
Ubicaciones clave y leyes dominicanas
La distribución geográfica de las incautaciones genera muchas preguntas. Según el campo de ubicación, más del 50 % del inventario de diciembre se concentra en Santiago o Santiago-Jacagua, superando al Gran Santo Domingo y al Distrito Nacional. No obstante, los datos no aclaran si ese punto es donde ocurrió el decomiso, donde está el depósito o si es solo el centro administrativo del reporte.
Todo este despliegue institucional se apoya en leyes recientes aprobadas en el Congreso Nacional. La pieza fundamental es la Ley 340-22 de Extinción de Dominio, que permite recuperar bienes ilícitos de forma autónoma al proceso penal, bajo la gestión del Ministerio Público y medidas cautelares estrictas.
Esta legislación obliga a la máxima publicidad, exigiendo que cada vez que se incauten bienes, el listado sea publicado en diarios de circulación nacional y en los portales oficiales del Poder Judicial para el conocimiento de todos los dominicanos.
Posteriormente, en octubre de 2023, la Ley 60-23 eliminó la antigua OCABID para dar paso al Incabide, otorgándole autonomía financiera y técnica bajo la sombrilla del Ministerio de Hacienda para profesionalizar la gestión de estos activos.
El objetivo de esta reforma integral es asegurar que cada bien incautado sea gestionado, controlado y conservado de forma eficiente hasta que se defina su destino final ante los tribunales.
Incluso la memoria institucional del Incabide admite que el sistema heredó fallas operativas graves, y que la prioridad ahora es fortalecer la trazabilidad y el control para que el inventario de bienes recuperados sea totalmente transparente ante la sociedad dominicana.























