Los propietarios de la discoteca Jet Set en la República Dominicana se oponen firmemente a la demolición de la estructura donde operaba el establecimiento comercial que colapsó y dejó un saldo trágico de 236 víctimas y más de 80 heridos.
Mediante acto de alguacil depositado ante la Dirección de Persecución del Ministerio Público, Antonio y Maribel Espaillat, junto a la entidad Inversiones E y L, S. R. L., exigen que se preserve la escena de la tragedia, ocurrida el pasado 8 de abril de 2025, para garantizar la realización de peritajes independientes cruciales.
Tras el devastador colapso de la edificación, la defensa de los propietarios ha solicitado formalmente la intervención de renombrados expertos internacionales y locales para determinar la causa raíz del fatídico evento.
Entre los destacados profesionales propuestos se encuentran el ingeniero José M. Lockhart, especialista con más de 60 años de experiencia en ingeniería estructural y análisis forense de fallas; y Nicolás Saenz, miembro de la prestigiosa firma Thornton Tomasetti, reconocida mundialmente por analizar colapsos icónicos como el de las Torres Gemelas y la Torre Champlain en Florida.
Polémica y conflicto por la demolición
La intensa controversia surge a raíz de un «Informe Preliminar Técnico Pericial» solicitado por el Ministerio Público dominicano en julio de 2025, el cual recomienda la demolición inmediata del resto del edificio colapsado.
En el acto ministerial de Ernesto Ortiz Reynoso, de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, los propietarios alegan que la destrucción de la estructura y la remoción de escombros, antes de que sus propios peritos puedan acceder al lugar, vulneraría gravemente su derecho a una defensa efectiva y justa.
Según el documento, el acceso a los elementos estructurales es absolutamente indispensable para verificar la verdadera causa que generó esta tragedia nacional.
La defensa ha advertido que cualquier intento de demolición o modificación de la escena en este momento se consideraría una violación directa a sus derechos constitucionales. Cabe destacar que el juez del primer Juzgado de la Instrucción determinó que, aunque el peritaje es un derecho constitucional, la solicitud debe renovarse en la etapa actual bajo el artículo 304 del Código Procesal Penal dominicano.























